Impuestos al comprar vivienda en 2026: ITP, IVA y AJD por comunidad

Actualizado el 21 de octubre de 2026

Comprar una vivienda en España supone pagar impuestos que dependen de si es nueva o usada y de la comunidad autónoma. Te lo explicamos con ejemplos.

Segunda mano: el ITP

El Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales grava la compra de viviendas usadas entre particulares. Cada comunidad fija su tipo general y, a menudo, tramos más altos para viviendas caras y tipos reducidos para colectivos concretos.

ComunidadTipo general orientativo
País Vasco4 %
Madrid, Navarra6 %
Canarias6,5 %
Andalucía, La Rioja7 %
Murcia7,75 %
Galicia, Asturias, Aragón, Baleares, Castilla y León, Extremadura8 % (tramos más altos según el precio)
Castilla-La Mancha, Cantabria, Comunitat Valenciana9 %
Cataluña10 % o más en viviendas de alto valor

Desde 2022 el impuesto se calcula como mínimo sobre el valor de referencia del Catastro, aunque hayas pagado menos.

Obra nueva: IVA y AJD

Al comprar a un promotor se paga el IVA del 10 % (4 % en vivienda de protección oficial de régimen especial) y el AJD de la comunidad, entre el 0,5 % y el 1,5 %. En Canarias se aplica el IGIC en lugar del IVA.

Gastos de notaría, registro y gestoría

Los aranceles de notaría y registro están regulados y dependen del precio. Para una vivienda media suponen entre 1.000 y 2.000 €, a los que se suman unos 300-400 € si contratas una gestoría. Los gastos de la hipoteca, en cambio, corren a cargo del banco desde la Ley 5/2019.

Ejemplo

Para una vivienda usada de 250.000 € en Madrid: 15.000 € de ITP y unos 1.750 € de gastos, en total 16.750 €. La misma vivienda en Andalucía pagaría 17.500 € de ITP.

Los resultados se ofrecen a título orientativo y no constituyen asesoramiento jurídico, fiscal ni financiero. Pese al cuidado puesto en su elaboración, pueden contener errores o no reflejar los últimos cambios normativos. simularo no se hace responsable de las decisiones tomadas a partir de ellos. Condiciones de uso