Despido en 2026: indemnización, finiquito, paro e IRPF
Actualizado el 23 de octubre de 2026
Un despido plantea muchas preguntas a la vez: cuánto te tienen que pagar, si puedes reclamar, cuándo cobras el paro y qué parte tributa. Te lo explicamos en orden, con ejemplos.
1. Qué tipo de despido es
La indemnización depende ante todo de la causa que alega la empresa en la carta de despido:
- Despido objetivo (causas económicas, técnicas, organizativas o de producción, ineptitud sobrevenida…): 20 días de salario por año trabajado, con un máximo de 12 mensualidades. La empresa debe pagarla al entregar la carta y dar un preaviso de 15 días (o pagarlos).
- Despido disciplinario: por un incumplimiento grave del trabajador. Si es procedente, no hay indemnización.
- Despido improcedente: cuando un juez o la propia empresa reconoce que el despido no está justificado. Corresponden 33 días por año, con un máximo de 24 mensualidades.
- Despido nulo: si vulnera derechos fundamentales (por ejemplo, embarazo o represalia). La empresa debe readmitirte y pagarte los salarios dejados de percibir.
- Fin de contrato temporal: 12 días por año trabajado.
2. Cómo se calcula la indemnización
El salario diario es el salario bruto anual, con las pagas extra prorrateadas, dividido entre 365. Se multiplica por los días que corresponden según la antigüedad; los periodos inferiores a un año se cuentan por meses.
| Caso | Días | Indemnización |
|---|---|---|
| 30.000 € brutos, 6 años, improcedente | 198 | 16.274 € |
| 30.000 € brutos, 6 años, objetivo | 120 | 9.863 € |
| 36.000 € brutos, 16 años (2 antes de 2012), improcedente | 552 | 54.444 € |
| 36.000 € brutos, 16 años (2 antes de 2012), objetivo | 320 | 31.562 € |
| 28.000 € brutos, contrato temporal de 2,5 años | 30 | 2.301 € |
Si tu contrato empezó antes del 12 de febrero de 2012, los años anteriores a la reforma laboral se indemnizan a 45 días en caso de despido improcedente. La calculadora de indemnización por despido aplica este régimen transitorio y los topes automáticamente.
3. El finiquito: siempre se cobra
El finiquito no es la indemnización. Es la liquidación de lo que la empresa te debe al terminar la relación laboral, haya o no indemnización:
- el salario de los días trabajados del último mes;
- la parte proporcional de las pagas extra no cobradas;
- las vacaciones generadas y no disfrutadas.
Puedes firmar el finiquito como «no conforme» o añadir «recibí, no conforme»: así conservas el derecho a reclamar.
4. Reclamar: el plazo de 20 días hábiles
Si no estás de acuerdo con el despido, tienes 20 días hábiles desde el día siguiente al despido para presentar la papeleta de conciliación ante el servicio de mediación de tu comunidad autónoma. Es un plazo de caducidad: pasado ese tiempo, ya no se puede reclamar. Si no hay acuerdo en la conciliación, se presenta la demanda ante el Juzgado de lo Social.
Si el despido se declara improcedente, la empresa elige entre readmitirte (pagando los salarios de tramitación) o pagarte la indemnización de 33 días por año, salvo si eres representante de los trabajadores: en ese caso eliges tú.
5. El paro (prestación por desempleo)
Cualquier despido da acceso a la prestación contributiva por desempleo si has cotizado al menos 360 días en los últimos seis años. Debes inscribirte como demandante de empleo y solicitarla en los 15 días hábiles siguientes al despido (contados desde el fin de las vacaciones no disfrutadas, si las hay).
- Duración: de 120 días (con 360 días cotizados) a 720 días (con 6 años o más cotizados).
- Importe: un porcentaje de tu base reguladora (la media de tus bases de cotización de los últimos 180 días): el 70 % los primeros 180 días, el 60 % hasta el día 360 y el 50 % a partir de entonces, con un mínimo y un máximo que dependen del IPREM y del número de hijos.
Cobrar una indemnización no retrasa ni reduce el paro.
6. ¿La indemnización paga impuestos?
La indemnización obligatoria por ley está exenta de IRPF hasta 180.000 €. Lo que supere el mínimo legal (por ejemplo, una cantidad pactada por encima de los 33 días) tributa como rendimiento del trabajo, con una reducción del 30 % si se ha generado en más de dos años. El finiquito tributa siempre como salario normal.
Para que la exención se aplique a un despido improcedente reconocido por la empresa, la improcedencia debe constar en el acto de conciliación o en una sentencia.
Resumen
- Comprueba el tipo de despido y la fecha de inicio de tu contrato.
- Calcula tu indemnización y compárala con lo que ofrece la empresa.
- No dejes pasar los 20 días hábiles si quieres reclamar.
- Inscríbete en el servicio público de empleo en los 15 días hábiles siguientes.
Cada caso es distinto: ante un despido, consulta a un abogado laboralista, a un graduado social o a tu sindicato.